Amortización de Préstamos. Garantías

Garantías

Garantía Principal

Fallecimiento por cualquier causa.
La Entidad Aseguradora garantiza el pago del capital señalado en las condiciones particulares en el supuesto de fallecimiento del asegurado, producido por cualquier causa y en cualquier lugar, sin más excepción que la muerte producida por suicidio ocurrido dentro del primer año de vigencia del contrato.

Garantías Complementarias

Invalidez Permanente Absoluta

La Entidad Aseguradora garantiza el pago del capital señalado en las condiciones particulares, en el supuesto de que el asegurado resulte afectado por una invalidez permanente absoluta.

A este efecto se entiende por invalidez permanente absoluta la situación física irreversible provocada por accidente o enfermedad originados independientemente de la voluntad del asegurado, determinante de la total ineptitud de éste para el mantenimiento permanente de cualquier relación laboral o actividad profesional.