T.A.R Garantías

Garantía principal

Fallecimiento por cualquier causa

La Entidad Aseguradora garantiza el pago del capital señalado en las condiciones particulares en el supuesto de fallecimiento del asegurado, producido por cualquier causa y en cualquier lugar, sin más excepción que la muerte producida por suicidio ocurrido dentro del primer año de vigencia del contrato.

Garantías Complementarias

Invalidez Permanente Absoluta

La Entidad Aseguradora garantiza el pago del capital señalado en las condiciones particulares, en el supuesto de que el asegurado resulte afectado por una invalidez permanente absoluta.

A este efecto se entiende por invalidez permanente absoluta la situación física irreversible provocada por accidente o enfermedad originados independientemente de la voluntad del asegurado, determinante de la total ineptitud de éste para el mantenimiento permanente de cualquier relación laboral o actividad profesional.

Invalidez Permanente Absoluta por Accidente

La Entidad Aseguradora garantiza el pago de un capital adicional de invalidez permanente absoluta por el importe pactado en condiciones particulares en el supuesto de que el asegurado, como consecuencia de un accidente resulte afectado por una invalidez permanente absoluta.

A este efecto se entiende por accidente toda lesión corporal debida a la acción directa de un acontecimiento exterior, súbito y violento, ajeno a la voluntad del asegurado que produzca invalidez permanente o muerte inmediatamente o dentro del período de un año desde la fecha de ocurrencia del accidente y como consecuencia de éste.

Fallecimiento por Accidente

La Entidad Aseguradora garantiza el pago de un capital adicional al de fallecimiento por el importe pactado en las condiciones particulares en el supuesto de que el asegurado fallezca a causa de un accidente.